CERTIFICADO DIGITAL
Un certificado digital (también conocido como certificado de clave pública o certificado de identidad) es un documento digital mediante el cual un tercero confiable (una autoridad de certificación) garantiza la vinculación entre la identidad de un sujeto o entidad (por ejemplo: nombre, dirección y otros aspectos de identificación) y una clave pública.
Este tipo de certificados se emplea para comprobar que una clave pública pertenece a un individuo o entidad. La existencia de firmas en los certificados aseguran por parte del firmante del certificado (una autoridad de certificación, por ejemplo) que la información de identidad y la clave pública perteneciente al usuario o entidad referida en el certificado digital están vinculadas.
Un aspecto fundamental que hay que entender es que el certificado para cumplir la función de identificación y autenticación necesita del uso de la clave privada (que sólo el titular conoce). El certificado y la clave pública se consideran información no sensible que puede distribuirse perfectamente a terceros. Por tanto el certificado sin más no puede ser utilizado como medio de identificación, pero es pieza imprescindible en los protocolos usados para autenticar a las partes de una comunicación digital, al garantizar la relación entre una clave pública y una identidad.
El ejemplo por excelencia es la firma electrónica: aquí el titular tiene que utilizar su clave privada para crear una firma electrónica. A esta firma se le adjuntará el certificado. El receptor del documento que quiera comprobar la autenticidad de la identidad del firmante necesitará la clave pública que acompaña al certificado para que a través de una serie de operaciones criptográfica se comprueba que es la pareja de la clave privada utilizada en la firma. Es esta operación de asociación al dato secreto del firmante lo que hará la función de comprobar su identidad.
Si bien existen variados formatos para certificados digitales, los más comúnmente empleados se rigen por el estándar UIT-T X.509. El certificado debe contener al menos lo siguiente:
La identidad del propietario del certificado (identidad a certificar),
La clave pública asociada a esa identidad,
La identidad de la entidad que expide y firma el certificado,
El algoritmo criptográfico usado para firmar el certificado.
Los dos primeros apartados son el contenido fundamental del certificado (identidad y clave pública asociada), en tanto que los otros dos son datos imprescindibles para poder validar el certificado.
Esta información se firma de forma digital por la autoridad emisora del certificado. De esa forma, el receptor puede verificar que esta última ha establecido realmente la asociación.
Formato de certificado digital
Un certificado emitido por una entidad de certificación autorizada, además de estar firmado digitalmente por ésta, debe contener por lo menos lo siguiente:
Nombre, dirección y domicilio del suscriptor.
Identificación del suscriptor nombrado en el certificado.
El nombre, la dirección y el lugar donde realiza actividades la entidad de certificación.
La clave pública del usuario.
La metodología para verificar la firma digital del suscriptor impuesta en el mensaje de datos.
El número de serie del certificado.
Fecha de emisión y expiración del certificado.
CERTIFICADO DIGITAL
Se dice firma digital a un esquema matemático que sirve para demostrar la autenticidad de un mensaje digital o de un documento electrónico. Una firma digital da al destinatario seguridad en que el mensaje fue creado por el remitente, y que no fue alterado durante la transmisión. Las firmas digitales se utilizan comúnmente para la distribución de software, transacciones financieras y en otras áreas donde es importante detectar la falsificación y la manipulación.
Consiste en un método criptográfico que asocia la identidad de una persona o de un equipo informático al mensaje o documento. En función del tipo de firma, puede, además, asegurar la integridad del documento o mensaje.
La firma electrónica, como la firma hológrafa (autógrafa, manuscrita), puede vincularse a un documento para identificar al autor, para señalar conformidad (o disconformidad) con el contenido, para indicar que se ha leído y, en su defecto mostrar el tipo de firma y garantizar que no se pueda modificar su contenido.
Regulaciones en diferentes países
El marco común de firma electrónica de la Unión Europea
El mercado interior de la Unión Europea implica un espacio sin fronteras interiores en el que está garantizada la libre circulación de mercancías. Deben satisfacerse los requisitos esenciales específicos de los productos de firma electrónica a fin de garantizar la libre circulación en el mercado interior y fomentar la confianza en la firma electrónica.
En ese sentido la Directiva 1999/93/CE sienta un marco común para la firma electrónica que se concretó con la transposición de la Directiva a las diferentes legislaciones nacionales de los países miembros.
Ley sobre firma electrónica en Chile
Esta ley fue publicada el 15 de septiembre del año 2003 por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la Ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, reconoce que los órganos del Estado podrán ejecutar o realizar actos, celebrar contratos y expedir cualquier documento, dentro de su ámbito de competencia, suscribiéndolos por medio de firma electrónica simple. Igualmente señala que estos actos, contratos y documentos, suscritos mediante firma electrónica, serán válidos de la misma manera y producirán los mismos efectos que los expedidos en soporte de papel.1 2
Firma digital en Costa Rica
En Costa Rica, la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos (Ley 8454) es firmada el 22 de agosto del 2005. Esta Ley faculta la posibilidad de vincular jurídicamente a los actores que participan en transacciones electrónicas, lo que permite llevar al mundo virtual transacciones o procesos que anteriormente requerían el uso de documentos físicos para tener validez jurídica, bajo el precepto de presunción de autoría y responsabilidad, además lo anterior sin demérito del cumplimiento de los requisitos de las formalidades legales según negocio jurídico.3
La ley de firma electrónica en España
En España existe la Ley 59/2003, de Firma electrónica, que define tres tipos de firma:
Simple. Datos que puedan ser usados para identificar al firmante (autenticidad)
Avanzada. Además de identificar al firmante permite garantizar la integridad del documento y la integridad de la clave usada, utilizando para ello un DSCF (dispositivo seguro de creación de firma, el DNI electrónico). Se emplean técnicas de PKI.
Reconocida. Es la firma avanzada y amparada por un certificado reconocido (certificado que se otorga tras la verificación presencial de la identidad del firmante). En ocasiones, esta firma se denomina cualificada por traducción del término inglés qualified que aparece en la Directiva Europea de Firma Electrónica.
Firma electrónica en Guatemala
En Guatemala, la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas (Decreto 47-2008), fue publicada en el diario oficial el 23 de septiembre de 2008. El Ministerio de Economía de ese país tiene bajo su responsabilidad el regular este tema, y abrió en el mes de Junio de 2009 el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación, publicando su sitio web con copia de la ley e información importante sobre el tema.4
Firma digital en Nicaragua
El 2 de julio de 2010 se aprobó en Nicaragua la Ley de Firma Electrónica,5 siendo la Dirección General de Tecnología, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la entidad acreditadora de la firma electrónica.
Sin embargo, la implementación de dicha Ley, será dentro de un año calendario, contado a partir del 30 de agosto de 2010.
La Ley de firma digital en Perú
En el Perú se ha dictado la Ley de Firmas y Certificados Digitales (Ley 27269), la cual regula la utilización de la firma electrónica, otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de
Firma electrónica en la República Dominicana
En la República Dominicana, la Ley 126-02 de Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, de fecha 29 de septiembre de 2002, regula toda relación comercial, estructurada a partir de la utilización de uno o más documentos digitales o mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Y se designa al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) como el Órgano Regulador.7
Firma digital en la República de Colombia
En Colombia esta práctica es regulada mediante la ley 527 de 1999 y el decreto 1747 de 2000.
Clase de Seguridad Informática
viernes, febrero 17, 2012
miércoles, diciembre 21, 2011
Sistemas de extinción en CPD's
Existen distintos tipos de extinción en un centro de procesamiento de datos, como por ejemplo:
agua nebulizada:
optimizan la utilización del agua mediante la división en gotas de muy pequeño tamaño. Con ello se consigue maximizar la superficie de intercambio de calor, facilitando la evaporación.
Sus mecanismos para "luchar" contra el fuego, pueden ser:
enfriamiento: Las gotas de agua que entran en contacto con la llama se evaporan absorbiendo gran cantidad de calor, lo que ayuda a enfriar el fuego.
Sofocación: este cambio de fase se produce de forma local por efecto directo de la llama y de forma global si hay una temperatura elevada en la sala.
Atenuación: La niebla generada en el recinto absorbe gran parte del calor radiado por las llamas protegiendo los objetos.
Ventajas de agua nebulizada:
- Ecológico: no perjudica el medio ambiente
- Economía en la recarga del sistema
- Adecuado en fuegos profundos
dióxido de carbono:
reduce el contenido en oxígeno de la atmósfera. Emplea generalmente en el tratamiento de efluentes líquidos o durante el enfriamiento de los componentes en los ensayos climáticos de componentes electrónicos. El dióxido de carbono puede servir para aumentar la conductividad del agua ultra pura o para limpiar los abrasivos de piezas como nieve carbónica.
reduce el contenido en oxígeno de la atmósfera. Emplea generalmente en el tratamiento de efluentes líquidos o durante el enfriamiento de los componentes en los ensayos climáticos de componentes electrónicos. El dióxido de carbono puede servir para aumentar la conductividad del agua ultra pura o para limpiar los abrasivos de piezas como nieve carbónica.
Ventajas de dióxido de carbono:
No deja residuos tras su aplicación
No genera productos de descomposición en contacto con las llamas
Eficaz en fuegos profundos
Facilidad de recarga
FM-200
Una vez descargado, el FM-200 extingue rápidamente el fuego minimizando los daños a la propiedad y a los equipos de alto valor, asegurando así mismo la total seguridad a las personas.
indicado para:
áreas ocupadas equipos electrónicos, informáticos, de telecomunicaciones.
Ventajas de FM-200:
aceptado como sustituto del h-1301
cilindros de hasta 240 l de capacidad
no deja residuos tras su aplicación y descarga en 10 segundos
FE-13
LPG diseña sus sistemas de FE-13 mediante un software propio de cálculos hidráulicos denominado FIRENET (certificado por laboratorios acreditados), por el que en ningún caso el tiempo de descarga necesario para alcanzar el 95% de la concentración de diseño será superior a 10 segundos, según la norma UNE 23570:2000.
ARGON
Los sistemas de extinción de Argón se basan en el principio de reducción de la concentración de oxígeno en el área del riesgo.
En una descarga, el Argón es rápida y uniformemente distribuido en el recinto, alcanzando la concentración de diseño en 60 segundos.
En una descarga, el Argón es rápida y uniformemente distribuido en el recinto, alcanzando la concentración de diseño en 60 segundos.
Ventajas del Argón:
Argón puro (IC-01), gas presente en el aire de forma natural
No genera productos de descomposición en contacto con las llamas
Facilidad de recarga
INERGEN
Inergen es una mezcla de Nitrógeno, Argón y CO2 (52, 40 y 8 % respectivamente), gases naturales presentes normalmente en el aire que respiramos. Su nombre se deriva de Inerte y nitrógeno. Inergen inunda en pocos minutos la totalidad del recinto protegido con un gas invisible e inodoro, que permite respirar sin dificultad.
indicado para: áreas ocupadas, equipos electrónicos, subestaciones, turbinas, etc.
Ventajas del Inergen:
Inergen no se descompone.
No produce niebla. La visibilidad se mantiene
Es respirable. Contiene solo gases presentes en el aire que respiramos.
No provoca choque térmico. No es un gas licuado y por tanto no necesita absorber calor.
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